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ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA

Muchas veces, en el ámbito de la adopción de las decisiones empresariales, se consulta a expertos en fiscalidad, derechos laborales, urbanismo, contratos y obligaciones, derecho mercantil, concursal y otros. Con frecuencia, en realidad casi siempre, se olvida contrastar las conclusiones alcanzadas por tales especialistas con el penalista, quien debe valorar, desde una perspectiva estrictamente penal, aunque con conocimientos lógicamente interdisciplinares, si la actuación prevista pudiera en su caso ser constitutiva de delito y las consecuencias de ello. Adicionalmente, ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA, no sólo evalúa la relevancia jurídico penal de los riesgos empresariales a asumir con la decisión analizada, sino también propone soluciones, teóricas y operativas, en caso de observar riesgos en la conducta propuesta inicialmente.

Ello resulta especialmente adecuado en las decisiones que pudieran ser interpretadas por el SEPBLAC como una infracción constitutiva de blanqueo de capitales; o en aquellas otras que pudieran ser interpretadas por la AEAT como delito fiscal; o aquellas otras que pudieran ser interpretadas como perjudiciales para la masa de acreedores por los órganos de un procedimiento concursal; o aquellas otras que pudieran ser interpretadas por las Aduanas como delito de contrabando o delito fiscal; o aquéllas en que se pudieran poner en riesgo la libre formación de precios en el mercado, la propiedad intelectual o industrial, los derechos o la seguridad de los trabajadores, los derechos de los extranjeros, el patrimonio histórico, la seguridad del tráfico mercantil, la fe pública o los principios rectores de la Administración Pública; o aquéllas en que un Juez pudiera imputar la existencia de una defraudación; o el SEPRONA la existencia de una infracción medioambiental; o la CNMV la existencia de una manipulación en la cotización de las acciones de una sociedad supervisada; o el Banco de España la existencia de una infracción contable; o un socio minoritario la existencia de un delito societario; o en fin, determinar a priori el derecho penal aplicable, según el foro del país en que se lleve a cabo la conducta analizada.

En éstas y otras decisiones, ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA, por su dilatada experiencia en casos de esta naturaleza, puede ayudar al empresario o a sus consultores a tomar la decisión adecuada, o en su caso a ejecutarla, para eludir las consecuencias de la hipotética aplicación del derecho penal.

Cuando la decisión empresarial se ha traducido en actuaciones concretas, en ocasiones surgen problemas en los que se plantea la posible relevancia jurídico penal de las mismas. En estos casos, ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA asesora al cliente aconsejándole el inicio de acciones penales o lo remite a un despacho de su confianza, si la conducta analizada no alcanza la gravedad y desvalor típicos de las infracciones penales. Si la conducta no reúne todos los requisitos en el momento de la consulta – no se ha producido el perjuicio patrimonial típico del delito de estafa, por ejemplo, aunque se sospecha que va a producirse -, se aconseja al cliente como evitarlo, o caso de ser inevitable, como acreditarlo para poder iniciar acciones penales en cuanto concurra el requisito que falta.

Cuando hay sospechas de la comisión de un hecho constitutivo de delito, pero no existen formas de acreditarlo, antes del ejercicio de la acción penal se realiza una investigación preeliminar a cargo de nuestros letrados o de los detectives nacionales e internacionales asociados al despacho; o cuando el asunto necesita de la exposición y análisis de un perito, se realiza un peritaje previo, preparatorio del peritaje que se proponga luego judicialmente, a cargo de nuestros peritos asociados; y se intenta obtener cuanta mas información sobre el asunto y reunir cuanta documentación sea posible. Y una vez reunida toda la información y documentación disponible, se evalúa si le merece la pena al cliente iniciar un procedimiento penal, valorando en conjunto factores tales como el material probatorio obtenido, las posibilidades de obtenerlo a través del proceso penal, el coste del procedimiento, la duración del mismo, las posibilidades de éxito y otros.

Cuando, en caso contrario, el cliente ha sido imputado, esta en trámite de serlo o cree que va a serlo, se le asesora sobre la forma de eludir o aminorar las consecuencias del proceso penal, en base a una sólida defensa del fondo del asunto, o de su participación en el mismo. En esta fase previa al inicio del procedimiento penal, se le aconseja reunir la documentación, conseguir las pruebas que en el proceso pueden ser difíciles de obtener, preparar pericias de ser necesario, y demás extremos necesarios para optimizar su defensa. También se comienza el análisis de la licitud de la prueba aportada por denunciantes/querellantes/acusación, así como las infracciones procesales que pudieran en su caso comportar la nulidad de lo actuado. Por último, también se asesora en materia de responsabilidades civiles y pecuniarias susceptibles de la hipotética reclamación en la vía penal.

Desde el momento en que se inicia un proceso penal, ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA define la estrategia de defensa y prepara los medios probatorios de los que valerse en acreditación del objetivo marcado: obtener el mayor éxito posible en la defensa de los intereses del cliente.

La defensa o acusación penales, al margen de las cuestiones técnico-jurídicas y probatorias que en todo proceso se suscitan, precisa de una especial atención al cliente, pues normalmente éste se encuentra totalmente desorientado, preocupado y, en ocasiones, deprimido, por haber sido víctima de un acto constitutivo de delito, o por haber sido imputado en un procedimiento en el que además de la responsabilidad civil, se le podría imponer una pena privativa de libertad. La labor del letrado, en estas ocasiones, sin dar falsas esperanzas, consiste en hacer comprender al cliente el alcance del proceso y de la conducta ejecutada, las probabilidades reales de obtener éxito, la forma de recuperar lo sustraído o de aminorar la responsabilidades exigibles, la necesidad, o no, de dar satisfacción extrajudicial a la víctima, las formas de aminorar el coste económico de la defensa, y en general transmitir seguridad y tranquilidad al cliente.

Las cuestiones técnico-jurídicas –nos referimos ahora a las de la defensa propiamente dicha, pues las propias de las labores acusatorias como hemos visto se plantean en un momento anterior, antes de iniciar el proceso penal-, en el momento de asumir la defensa y de tener acceso al expediente judicial, tienen una relevancia sobresaliente, pues de lo que se trata en un primer momento es de definir la estrategia de defensa, que servirá para encauzar el ejercicio de los derechos del imputado a lo largo del proceso. A tales efectos, hay que tener presente que para que recaiga una pena es necesario que concurran los elementos integrantes del tipo penal, y por lo tanto que tales elementos estén acreditados o en vía de serlo. Desde esta perspectiva no conviene coadyuvar en la instrucción de la causa, si no es para ir paulatinamente desmontando las pruebas que vaya presentando la parte acusadora, sin pretender ir por delante - muchas veces presentando pruebas que a la postre perjudican – ni actuar a destiempo. La defensa debe neutralizar la acusación, ya que esta amparado por la presunción de inocencia, pues es al denunciante/querellante a quien corresponde la ardua tarea de probar la existencia del delito. Al hilo de esta estrategia se perfilan también las cuestiones procesales que servirán para anular el proceso o las pruebas ilícitamente obtenidas.

ESTUDIO LEGAL FORO DE EUROPA asiste profesionalmente en defensa de los intereses de sus clientes desde las primeras declaraciones ante la Policía Judicial, en las diligencias preeliminares en Fiscalía, en las diligencias previas ante los Juzgados de Instrucción, en la práctica de las declaraciones de imputados, testificales y periciales que se practican durante la fase de investigación previa a la conclusión de esta fase preparatoria de una decisión judicial relativa al futuro del proceso, bien el archivo o sobreseimiento del mismo, bien la continuación del procedimiento para preparar el juicio oral. La asistencia sigue en su caso en el acto del juicio oral, en todos los recursos ordinarios y extraordinarios que procedan, incluidos los de casación ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo y los de amparo ante el Tribunal Constitucional, los de revisión y los que se plantean ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. También nos ocupamos de la debida asistencia legal en procedimientos de Indulto, ejecución de sentencias y derecho penitenciario.

Nuestra asistencia no sólo se extiende a la asesoría y defensa penal de víctimas o imputados, sino también a la de actores civiles, responsables civiles, directos, y subsidiarios, participes a titulo lucrativo y cualesquiera modalidad de responsabilidad civil ex delicto.